22 de junio de 2016

22-06-2016 Pruebas (71)

Frase reflexiva:
Pedir perdón apaga el fuego de una discusión

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 5 LA VALORACION DE LA PRUEBA. Aspectos esenciales de la función valorativa. La libre convicción y la libre convicción razonada. La sana critica. La tarifa legal. La valoración de los incidíos. En análisis probatorio del juez. El silencio de la prueba.

Casos planteados en el CC

Confesión: mandato: plena prueba

1401 CC.- "La confesión hecha por la parte o por su apoderado dentro de los límites del mandato, ante un Juez, aunque éste sea incompetente, hace contra ella plena prueba."

Aunque la confesión se produzca ante un juez incompetente, dicha confesión tiene valor de plena prueba.

Las partes son las que pueden confesar.

La confesión es hecha por un sujeto procesal interviniente en el proceso.

Nota.- Cuando hay confesión de parte, se releva de prueba a la parte contraria.

Plena prueba: es una prueba que demuestra el hecho controvertido en el proceso.

La confesión puede ser judicial o extrajudicial; y se puede dar de 2 modos:

* Voluntariamente: la persona confiesa de manera voluntaria.
* Provocada: deriva de las posiciones juradas.

Frase reflexiva:
Pedir perdón apaga el fuego de una discusión

20 de junio de 2016

20-06-2016 Pruebas (70)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 5 LA VALORACION DE LA PRUEBA. Aspectos esenciales de la función valorativa. La libre convicción y la libre convicción razonada. La sana critica. La tarifa legal. La valoración de los incidíos. En análisis probatorio del juez. El silencio de la prueba.

Sistema adoptado en Venezuela: sana crítica.- El sistema adoptado por el juez civil en Venezuela es el de la SC, salvo que exista en la legislación civil venezolana una norma que le imponga al juez como debe valorar la prueba.

Muchos dicen que es un sistema mixto porque admite del sistema tarifado y de la libre convicción razonada.

507 CPC.- "A menos que exista una regla legal expresa para valorar el mérito de la prueba, el Juez deberá apreciarla según las reglas de la sana crítica."

509 CPC.- "Los Jueces deben analizar y juzgar todas cuantas pruebas se hayan producido, aun aquellas que a su juicio no fueren idóneas para ofrecer algún elemento de convicción, expresándose siempre cuál sea el criterio del Juez respecto de ellas."

En el 509 encontramos el principio de la exhaustividad, donde el juez está obligado de fijar posición de todas las pruebas arrojadas en el proceso mediante la debida evacuación, aunque él vea de anteojo que la prueba procede de un MDP ilegal, ilegítima o ilícita, inconducente, irrelevante.

20-06-2016 Pruebas (69)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 5 LA VALORACION DE LA PRUEBA. Aspectos esenciales de la función valorativa. La libre convicción y la libre convicción razonada. La sana critica. La tarifa legal. La valoración de los incidíos. En análisis probatorio del juez. El silencio de la prueba.

3) Tarifa legal razonada o sana crítica.- El juez emplea sus máximas de experiencias. Las máximas de experiencias no deben ser demostradas en el proceso.

Las máximas de experiencias son juicios hipotéticos de contenido general que obtiene la persona del entorno que la rodea. Tiene que ser una persona con un grado de cultura media; y de su observación establece un juicio hipotético.

El juez aplica las operaciones formales de la lógica. La convicción razonada debe obedecer a máximas de experiencias con las operaciones formales de la lógica orientadas a la psicología.

Al juez se le exige en la parte motiva de la sentencia que emita su razonamiento y fije su posición de por qué acogió o rechazo la prueba, por qué le dio o no tal grado de convicción.

La sentencia que no tenga explícitamente motivada c/u de las pruebas tiene un vicio de silencio: 243 CPC.

Es importante razonar porque se le permite a la parte afectada el control de la constitucionalidad dependiendo de la instancia; se garantiza el derecho a la defensa.

20-06-2016 Pruebas (68)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 5 LA VALORACION DE LA PRUEBA. Aspectos esenciales de la función valorativa. La libre convicción y la libre convicción razonada. La sana critica. La tarifa legal. La valoración de los incidíos. En análisis probatorio del juez. El silencio de la prueba.

2) Libre convicción.- Es diametralmente contrario al 1ero.

En este sistema el juez puede caer en arbitrariedades porque el mismo juez es quien valora según su criterio.

Este sistema no le exige al juez razonar, motivar en la sentencia.

El juez valora según su real, saber y entender. No se le exige en la sentencia que razone su punto de vista.

Le impide a los particulares controlar la constitucionalidad, le impide casar la prueba.

20-06-2016 Pruebas (67)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 5 LA VALORACION DE LA PRUEBA. Aspectos esenciales de la función valorativa. La libre convicción y la libre convicción razonada. La sana critica. La tarifa legal. La valoración de los incidíos. En análisis probatorio del juez. El silencio de la prueba.

SISTEMAS DE VALORACION QUE OPERAN A NIVEL MUNDIAL

Hay 3 sistemas de valoración:

1) Tarifado por el legislador o tarifa legal.- Lo que caracteriza éste sistema es que tiene una total y absoluta desconfianza en la persona del juez.

Será el legislador quien le imponga al juez el grado de convicción que le va atribuir a la prueba, el mérito que le atribuirá.

El juez se remite a la ley porque será quien le indique como se valorará la prueba.

Este sistema está anulando al juez ya que él no puede emitir criterio de valor propio.

Confesión: la norma expresa de la ley le da valor que la confesión da plena prueba contra el confesante.

20-06-2016 Pruebas (66)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 5 LA VALORACION DE LA PRUEBA. Aspectos esenciales de la función valorativa. La libre convicción y la libre convicción razonada. La sana critica. La tarifa legal. La valoración de los incidíos. En análisis probatorio del juez. El silencio de la prueba.

Etapa de valoración.- Aquí se concentra el protagonismo en el juez porque ya se encuentra concluido el lapso probatorio y viene la tarea para el juez de interpretar o analizar la prueba; eso no es igual a valorar o apreciar la prueba.

El juez tiene 2 atribuciones cuando se abre la etapa de valoración:

1) Interpretar, analizar la prueba porque el MDP fue debidamente evacuado en su oportunidad legal. El juez extraerá el grado de convicción que le merezca la prueba.

2) Luego el juez valora o aprecia la prueba a través de una operación mental llevada a cabo por él mismo. Atribuirá el grado de certeza, de convicción que le merezca la prueba; el mérito propio de la prueba.

Mérito propio de la prueba: hay pruebas consideradas plena prueba, hay otras consideradas semi plenas pruebas y principios de prueba. Ese es el merito que da el juez.

20-06-2016 Pruebas (65)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 5 LA VALORACION DE LA PRUEBA. Aspectos esenciales de la función valorativa. La libre convicción y la libre convicción razonada. La sana critica. La tarifa legal. La valoración de los incidíos. En análisis probatorio del juez. El silencio de la prueba.

SISTEMAS DE VALORACION.-

1) Tarifado o tasado, tarifa legal o certeza objetiva.
2) Libre convicción.
3) Tarifa legal razonada o sana critica.
Sistema procesal adoptado en Venezuela: sana crítica.

¿Cuál es la eficacia de la prueba en el proceso?
¿Cómo debe ser valorada la prueba por parte del juez?