12 de julio de 2015

Autores-I

CONCURSO DE PERSONAS EN EL DELITO

Autor: nuestra legislación venezolana no tiene un concepto de autor como tal, ya que a él se hace referencia en cada tipo de delito, puesto que el Código Penal define cada tipo de delito en vista de la consumación por el autor.

Artículo 83 CÓDIGO PENAL: “Cuando varias personas concurren a la ejecución de un hecho punible, cada uno de los perpetradores y de los cooperadores inmediatos queda sujeto a la pena correspondiente al hecho perpetrado. En la misma pena incurre el que ha determinado a otro a cometer el hecho

En el artículo 83 del Código Penal, se utiliza la expresión de perpetradores para indicar precisamente a los autores.

En consecuencia se puede afirmar de conformidad con nuestra legislación venezolana, es autor quien perpetra o realiza el hecho constitutivo de cada tipo delictivo.

Clases de Autoría

a) Autor inmediato: por sí mismo perpetra el hecho constitutivo del tipo delictivo específico.

b) Autor mediato: es aquel que se sirve de otro sujeto que no es autor o que es inimputable, en orden a cometer con dolo o con culpa un hecho típico dañoso.

c) Coautoría: el coautor es un autor, un perpetrador que realiza el hecho típico conjuntamente con otro u otros autores.

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