Clases de Partícipes
a) El Instigador: es
el partícipe que determina a otra persona a cometer el hecho típico.
Se trata de la conducta de un
sujeto que ha movido la voluntad de otro en orden a la realización del hecho
punible.
Se requiere que la inducción sea
eficaz, esto es, que la acción del inductor realmente consiga que otro se
convierta en autor del hecho al mover su voluntad, lo que supone que el sujeto
hace nacer en el otro la idea criminal y en virtud de tal fuerza el inducido se
resuelve a delinquir.
b) El Cooperador Inmediato: el cooperador inmediato se enmarca dentro de la categoría
de los cómplices con un carácter
primario.
Los cooperadores inmediatos prestan su cooperación en forma que podemos
de calificar de esencial e inmediata en la ejecución del delito.
Como un ejemplo podemos señalar,
aquel individuo que sujeta a una persona para que otro lo hiera.
c) Los cómplices: la
actividad de los partícipes puede ser de naturaleza secundaria o de ayuda
indirecta y puede asumir las formas de una cooperación moral o material en
orden a la realización del delito.
Nuestro Código Penal, en el artículo 84, hace referencia a dichas
categorías de cómplices, que resultan sancionadas con la pena correspondiente
al hecho, rebajada a la mitad.
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