30 de agosto de 2015

TSJ-XLIX Peculado Propio

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C02-0335 N° de Sentencia: 571
Tema: Peculado
Materia: Salvaguarda
Asunto: Condición del funcionario

La condición de funcionario público, sólo se requiere, en sentido estricto, en la figura del delito de Peculado Propio, mas no en la forma impropia del hecho. Así sostiene que uno de los requisitos exigidos para su configuración, es que el agente del delito revista necesariamente la condición de funcionario público, que en su forma propia exige, que éste, en razón de su cargo, tenga la custodia, administración de bienes públicos, condición ésta que no se exige al sujeto en la forma impropia

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