12 de octubre de 2016

12-10-2016 Obligaciones I (17)

Frase reflexiva:
Para todo hay un tiempo señalado, [...] tiempo de callar y tiempo de hablar (Eclesiastés 3:1, 7)

Guía de Obligaciones I

Facultad: Derecho
Materia: Obligaciones I
Semestre: Quinto-Pregrado

TEMA 11 EFECTOS DEL CONTRATO

EXCEPCIONES A LOS EFECTOS INTERNOS DEL CONTRATO

Estipulación a favor de 3eros / Art. 1164 C.C.- En un contrato de seguro, que es bilateral, hay 2 partes que se obligan mutuamente: asegurador y asegurado. El asegurador se obliga a indemnizar el riesgo acaecido y el asegurado se obliga a pagar la prima contenida en la póliza del seguro de vida.

Aquí tenemos que una de las partes estipula a favor de un 3ero para beneficiarlo, el asegurado contrata para beneficiar a un 3ero. Como podemos observar, ese 3ero no forma parte con su consentimiento, pero sin embargo el contrato produce un crédito a favor del 3ero.

Cuando el asegurado fallece, el 3ero por virtud del crédito que nació en su patrimonio, tiene derecho a exigir la indemnización respectiva por virtud del asegurado.

Nota.- La prima puede ser que se comprometa a pagar de contado o a crédito.

Nota.- El asegurador es titular de un crédito, de recibir el pago del asegurado.

EXCEPCIONES A LOS EFECTOS EXTERNOS DE UN CONTRATO

La excepción es que como los contra-documentos son documentos privados, no se pueden oponer a 3eros.

Art. 1362 C.C.- “Los instrumentos privados, hechos para alterar o contrariar lo pactado en instrumento público, no producen efecto sino entre los contratantes y sus sucesores a título universal. No se los puede oponer a terceros.

Según el TSJ los contra-documentos no van a seguir produciendo efectos ante los sucesores a título universal.

Frase reflexiva:
Para todo hay un tiempo señalado, [...] tiempo de callar y tiempo de hablar (Eclesiastés 3:1, 7)

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