Sentencia No. 00097 de fecha 02-MAR-2023 emanada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente: JUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
Exp. Número 1999-16404
Las actuaciones de esta naturaleza realizadas por funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, sin la dirección de la Administración Aduanera y Tributaria, del cual son auxiliares, está viciada de nulidad por manifiesta incompetencia del funcionario militar para realizar las mencionadas actividades, ya que los facultados para hacerlo, exclusivamente, son el personal adscrito a la misma. En efecto, los funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, declararon que actuaban por instrucción del Ministro de la Defensa y no de la Administración Tributaria, a la que corresponde exclusivamente dicha competencia.
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/marzo/323030-00097-2323-2023-1999-16404.HTML
La frase del día
"Es preciso escuchar las opiniones de muchas personas, elegir lo que ellas tienen de bueno y seguirlas" El Arte de la Guerra / Sun Tzu / p. 15
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