30 de abril de 2016

30-04-2016 Introducción II (20)

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

INTRODUCCIÓN AL DERECHO (II)
JORGE SALAZAR RANGEL

LA APLICACIÓN DEL DERECHO

La Aplicación del Derecho: Es la adaptación que hace el hombre de la norma jurídica a un caso determinado, esto es, el individualizar, el concretar, o adaptar un precepto jurídico a un caso práctico.

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

30-04-2016 69-CRBV-33

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

Propuesta elaborada por la Asamblea Nacional de Venezuela

Artículo 337: Sobre los estados de excepción. Se retira el derecho a la información de las garantías que no pueden ser suspendidas o restringidas durante estados de excepción.

Artículo 338: Sobre los estados de alerta. Se retiran los plazos máximos para los estados de alerta, de emergencia, de emergencia económica y de conmoción interior y exterior, siendo reemplazado por "durarán mientras se mantengan las causas que los motivaron".

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Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

30-04-2016 69-CRBV-32

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

Propuesta elaborada por la Asamblea Nacional de Venezuela

Artículo 301: Sobre la política comercial. Se actualiza según el artículo 115.

Artículo 303: Sobre la propiedad exclusiva para el Estado de PDVSA. Elimina las excepciones a la imposibilidad de privatizar Petróleos de Venezuela S.A. y otros entes que desarrollen actividades reservadas.

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Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

30-04-2016 69-CRBV-31

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

Propuesta elaborada por la Asamblea Nacional de Venezuela

Artículo 296: Sobre la conformación del Consejo Nacional Electoral. La postulación de los candidatos al CNE pasa a ser responsabilidad de los Consejos del Poder Popular, sectores educativos y otros sectores sociales.

Artículo 299: Sobre el régimen socioeconómico. Se modifican los fundamentos del régimen socioeconómico para estar basados en los principios socialistas, antiimperialistas y de cooperación.

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Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

30-04-2016 69-CRBV-30

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

Propuesta elaborada por la Asamblea Nacional de Venezuela

Artículo 293: Sobre las funciones del Poder Electoral. Retira de la constitución la obligatoriedad de la organización de las elecciones de los sindicatos por parte del CNE, aunque mantiene la posibilidad del asesoramiento para la realización de éstas.

Artículo 295: Sobre la designación de los rectores del Consejo Nacional Electoral. Se modifica de forma similar a los artículos 264 y 279.

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Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

29 de abril de 2016

29-04-2016 Contra Secuestro (12)

Frase reflexiva:
Regala un pescado a un hombre y le darás alimento para un día; enséñale a pescar, y lo alimentarás para el resto de su vida

DERECHO PENAL

Ley Contra el Secuestro y la Extorsión
Gaceta Oficial No. 39.194 de fecha 05 de junio de 2009

CAPÍTULO II
DEL SECUESTRO

Sección Segunda
De los Beneficios de la Víctima y de sus Familiares

Artículo 12. Protección Personal. El Ministerio Público podrá ordenar a las autoridades competentes, por el tiempo que considere necesario y sólo cuando prevalezcan circunstancias que permitan determinar la existencia de una amenaza cierta de secuestro, la protección personal a cualquier ciudadano o ciudadana.

Cuando circunstancias urgentes así lo exijan, las autoridades competentes deberán brindar la protección personal establecida en este artículo, comunicando al Ministerio Público dentro de las doce horas siguientes la protección realizada.

Frase reflexiva:
Regala un pescado a un hombre y le darás alimento para un día; enséñale a pescar, y lo alimentarás para el resto de su vida

29-04-2016 Introducción II (19)

Frase reflexiva:
Regala un pescado a un hombre y le darás alimento para un día; enséñale a pescar, y lo alimentarás para el resto de su vida

INTRODUCCIÓN AL DERECHO (II)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

EL DERECHO TRANSITORIO O INTERTEMPORAL

Disposiciones Contenidas en los Artículos 8, 9, 10 y 11 del Código Civil

Artículo 8: “La autoridad de la Ley se extiende a todas las personas nacionales o extranjeras que se encuentren en la República.

Este artículo consagra el principio de la territorialidad de la Ley, debido a la aplicación tanto a nacionales como a extranjeros, del Derecho Venezolano.

Artículo 9: “Las Leyes concernientes al Estado y capacidad de las personas obligan a los venezolanos, aunque residan o tengan su domicilio en país extranjeros.

Este artículo consagra el principio de la personalidad de la Ley debido a que establece que todos los asuntos relativos al Estado y capacidad de las personas, siguen a las mismas donde éstas establezcan su residencia o domicilio.

Artículo 10: “Los bienes muebles o inmuebles, situados en Venezuela, se regirán por las leyes venezolanas, aunque sobre ellos tengan o pretendan derechos personas extranjeras.

Este artículo adopta el estatuto real que consagra el régimen que va a determinar la naturaleza de las cosas o el territorio en el que radican y cuyos efectos quedan limitados para el territorio al cual se dicta.

Artículo 11: “Las formas y solemnidades de los actos jurídicos que se otorguen en el extranjero, aun las esenciales a su existencia, para que éstos surtan efectos en Venezuela, se rigen por las leyes del lugar donde se hace. Si la Ley venezolana exige instrumento público o privado para su prueba, tal requisito deberá cumplirse.

Cuando el acto se otorga ante el funcionario competente de la República, deberá someterse a las leyes venezolanas.

Este artículo adopta el estatuto formal debido a que este consagra el régimen concerniente a las formalidades de los actos y contratos que deben sujetarse a la ley del lugar donde se celebra.                                    
                                                                                                        
Frase reflexiva:
Regala un pescado a un hombre y le darás alimento para un día; enséñale a pescar, y lo alimentarás para el resto de su vida