Si te caes siete
veces, levántate ocho
Propuesta elaborada por la Asamblea Nacional
de Venezuela
Artículo
293: Sobre las funciones del Poder
Electoral. Retira de la constitución la obligatoriedad de la organización de
las elecciones de los sindicatos por parte del CNE, aunque mantiene la
posibilidad del asesoramiento para la realización de éstas.
Artículo
295: Sobre la designación de los rectores
del Consejo Nacional Electoral. Se modifica de forma similar a los artículos
264 y 279.
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Frase reflexiva:
Si te caes siete
veces, levántate ocho
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