Si te caes siete
veces, levántate ocho
INTRODUCCIÓN AL
DERECHO (II)
JORGE LEONARDO
SALAZAR RANGEL
EL NEGOCIO JURÍDICO
Elementos Accidentales
Son aquellos, que alguna de las partes lleva al contrato; y
si no los lleva, de igual es válido.
Entre
los Elementos Accidentales
encontramos los siguientes:
1) La Condición: Es un acontecimiento futuro e incierto. Puede ser suspensiva o resolutoria.
- Suspensiva: Hasta que el suceso no se de, el contrato no surte efecto.
- Resolutoria: Cesa el efecto jurídico de la condición. Cuando llega el
acontecimiento, se resuelve el contrato.
2) El Término: Es cierto. Inexorablemente el tiempo llega.
El Término puede ser inicial
(desde que comienza) o final (hasta
que finaliza).
3) El Modo o
Carga: Es una imposición, que se le impone
a alguna de las partes, cuando el contrato es gratuito.
Bibliografía: Didáctica de la Introducción al Derecho. Dr. Levy Benshimol
Quintana. Editorial Buchivacoa. Caracas-1999.
Frase
reflexiva:
Si te caes siete
veces, levántate ocho
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