11 de junio de 2016

11-06-2016 Registral (29)

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho Registral.
Semestre: Cuarto-Pregrado.

Tema # 5 LEY DE REGISTRO PÚBLICO Y DEL NOTARIADO

Deberes del Notario Público

De conformidad con el artículo 18 de la Ley de Registro Público y del Notariado, tenemos lo siguiente:

- Artículo 79. Deberes: “El Notario o Notaría deberá:

1.- Identificar a las partes y a los demás intervinientes en los actos o negocios jurídicos que autoricen.

2.- Informar a las partes del contenido, naturaleza, trascendencia y consecuencias legales de los actos o negocios jurídicos otorgados en su presencia, así como de las renuncias, reservas, gravámenes y cualquier otro elemento que afecten los bienes o derechos referidos en el acto o negocio jurídico. El Notario o Notaría dejará constancia en el acto del cumplimiento de esta obligación y su omisión lo hace responsable civil, penal y administrativamente.

3.- Actuar de manera imparcial y objetiva en relación con todas las personas que intervengan en los actos o negocios jurídicos otorgados en su presencia.

4.- Realizar las diligencias que le encomienden autoridades judiciales o administrativas, de acuerdo con la ley.

5.- Ejercer cualquier otra función que le asigne la ley.

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14

11-06-2016 Registral (28)

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho Registral.
Semestre: Cuarto-Pregrado.

Tema # 5 LEY DE REGISTRO PÚBLICO Y DEL NOTARIADO

Funciones del Notario Público

1. Dar fe pública de actos y contratos.

2. Certificar sobre hechos.

3. Autorizar las declaraciones de los testigos en los casos de los justificativos oficiales.

Atribuciones del Notario Público

Se refiere al hecho de que el notario está facultado para darle fe pública a los documentos consignados, entre otros aspectos.

A manera de síntesis podemos explicar lo siguiente: los notarios son competentes, en el ámbito de su jurisdicción, para dar fe pública de todos los actos, hechos y declaraciones que autoricen con tal carácter, los siguientes:

* documentos, contratos, y demás negocios jurídicos, unilaterales, bilaterales y plurilaterales;

* poderes, sustituciones, renuncias y revocatorias;

* los contratos de opción para adquirir derechos sobre bienes inmuebles;

* justificaciones para perpetua memoria (carta de soltería, por ejemplo);

* protestos de los títulos de créditos (cheques sin fondo; se va a un notario para dejar constancia de tal acción);

* otorgamiento de testamentos abiertos, así como presentación, entrega y apertura de testamentos cerrados;

* autenticar firmas autógrafas, electrónicas y huellas digitales;

* constancia de cualquier hecho o acto a través de inspección extrajudicial;

* entre otros.

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14

11-06-2016 Registral (27)

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho Registral.
Semestre: Cuarto-Pregrado.

Tema # 5 LEY DE REGISTRO PÚBLICO Y DEL NOTARIADO

Impedimentos
(se refiere al notario)

Se le impide que sea notario cuando está en las circunstancias del artículo 73 de la Ley de Registro Público y del Notariado:

- Artículo 73. Incompatibilidades: “No podrán ejercer el Notariado:

1.- Las personas sujetas a interdicción por condena penal, mediante sentencia definitivamente firme, por un lapso de cinco años, contados a partir del cumplimiento de la pena.

2.- Las personas sometidas a beneficio de atraso, mientras dure el procedimiento.                                        
3.- Los fallidos hasta tanto no sean rehabilitados.

4.- Los declarados civilmente responsables, mediante sentencia definitivamente firme, por actuaciones u omisiones, en la actividad profesional, en la cual se fundamenta su acreditación para ser elegible al cargo, por un lapso de cinco años, contados a partir del cumplimiento de la sanción establecida en la sentencia.

5.- Quienes hayan sido declarados penal, administrativa o civilmente responsables, con ocasión de la administración de fondos de carácter público o privado, mediante sentencia definitivamente firme, por un lapso de diez años, contados a partir del cumplimiento de la pena.

6.- Quienes hayan sido sujetos a auto de responsabilidad administrativa, dictado por la Contraloría General de la República, que haya quedado definitivamente firme, mientras dure el impedimento.

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14

11-06-2016 Registral (26)

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho Registral.
Semestre: Cuarto-Pregrado.

Tema # 5 LEY DE REGISTRO PÚBLICO Y DEL NOTARIADO

Notario Público: Es un funcionario público facultado para dar fe publica a los hechos o actos jurídicos, y contratos que con tal carácter autoricen.

Lo más importante es la facultad que él tiene para dar fe pública.

El notario es designado por el Ministerio de Interior y Justicia.

Requisitos Personales y Previos al Ejercicio del Cargo de Notario

Los notarios antes de ser designados para tal cargo, deben prestar una fianza de 2.000 Bs.F. (Requisito Previo)

Entre los requisitos personales tenemos:

a) ser venezolano;  b) ser mayor de edad;  c) ser abogado; 

d) no menos de 5 años de experiencia profesional.

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14

11-06-2016 Registral (25)

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho Registral.
Semestre: Cuarto-Pregrado.

Tema # 5 LEY DE REGISTRO PÚBLICO Y DEL NOTARIADO

Organización de la Notaría Pública

Las notarías se organizan de 2 maneras:

1) Organización externa: Las notarías se organizan en un colegio territorial, en un municipio y en una zona. ESTO NO SE APLICA EN LA PRÁCTICA.

2) Organización interna: Internamente las notarías públicas se organizan de la siguiente manera:

2. 1 Tiene un Notario Público que en él se dirige la notaría pública y se constituye en él, el eje de la función notarial.

El notario público es un funcionario público que es designado por el Ministerio de Relaciones Interiores y Justicia, el cual deberá ser: venezolano, mayor de edad, abogado con no menos de 5 años de experiencia profesional. Y antes de entrar al ejercicio de su cargo, debe prestar una fianza de 2.000 Bs.F.

Para que ese notario pueda dar fe pública, su nombramiento tiene que ser publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Ese notario es el jefe de la notaría.

2. 2 Hay un Jefe de Servicio Revisor que debe ser abogado, venezolano, con experiencia profesional no menor de 3 años; y de igual forma su nombramiento debe ser publicado en la Gaceta Oficial de la R.B.V.; antes de entrar a su cargo debe prestar una fianza de 1.000 Bs.F.

 Es la persona a la cual le llevamos el documento cuando lo vamos a ingresar a la notaría (principio de rogación). Él revisa el documento.

El jefe de servicio revisor suple al notario público cuando sale de vacaciones.

2. 3 Escribiente Tesorero: Es una persona que debe tener conocimientos en materia de administración y contabilidad, puesto que es encargado del área administrativa; y antes de entrar en el ejercicio de su cargo debe prestar una fianza de 1.000 Bs.F.

Tiene que reunir los siguientes requisitos: a) debe ser venezolano; b) mayor de edad; c) de reconocida honorabilidad; y d) tener 3 años en experiencia de materia contable. Es designado por el Notario Público Titular.

Tenemos los escribientes que son empleados de las oficinas notariales que comienzan siendo escribiente I hasta escribiente V.

Los escribientes sacan copias, insertan y otorgan documentos, entre otras labores.

2. 4 Jefe de Archivo: Es el encargado de la responsabilidad del notario público ante los archivos de las notarias.

Los actos a los cuales el notario les da la fe pública registral, se llevan en los libros.

Y tenemos una Sala de Otorgamiento donde se otorgan los respectivos documentos a las personas interesadas. Antes de ser entregados dichos documentos, tienen que ser firmados por las partes, los testigos y el notario.

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14

11-06-2016 Registral (24)

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho Registral.
Semestre: Cuarto-Pregrado.

Tema # 5 LEY DE REGISTRO PÚBLICO Y DEL NOTARIADO

Registro de Notaría Pública: Es un conjunto de normas jurídicas que regulan los mecanismos y procedimientos de una institución denominada Notaría Pública.

Ley de Registro Público y del Notariado: Es un conjunto de normas jurídicas que regulan los procedimientos que se deben aplicar tanto en Registros como en Notarías.

Notaría Pública: Es una oficina pública de carácter administrativa a donde acudimos los usuarios de ese servicio a objeto de preservarnos y garantizarnos mayor seguridad jurídica en los actos que en ella se realizan.

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14

11-06-2016 Policiales (18)

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14

REDACCIÓN DE ACTAS POLICIALES

- Constituirse en comisión policial y trasladarse a determinado lugar con la finalidad de identificar a personas.

- Verificar que la información suministrada es cierta: trasladarse al lugar y verificar.

- Modo de conocer el hecho > A través de llamada telefónica > Hay que plasmar el timbre de voz de la persona en el acta policial, colocar si es voz femenina o masculina.

- Después de tener el conocimiento de la llamada telefónica en la que se manifiesta la presencia de dos presuntos ciudadanos sospechosos, se le debe notificar de dicha llamada al jefe inmediato policial; no al Fiscal del Ministerio Público.

- El jefe inmediato decide que se constituya una comisión policial. Hay que colocar en el acta a los funcionarios policiales que saldrán en dicha comisión > Luego, hay que trasladarse al sitio en la unidad policial.

- ¿Qué se hace cuando se llega al sitio? Hay que empezar a realizar un trabajo de campo > Proceso de pesquisa, de indagación y búsqueda de información. Se hace un breve recorrido en el sector, se indaga. Finalmente se llega al lugar.

- Una vez que se está en el lugar, hay que consultar, verificar si los presuntos ciudadanos sospechosos están aún, o se marcharon.

Fuente de la información: Curso Redacción de Actas Policiales Fundación Para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal del Ministerio Público: Fundafiscal. Caracas, Venezuela.

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14