11 de junio de 2016

11-06-2016 Registral (27)

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho Registral.
Semestre: Cuarto-Pregrado.

Tema # 5 LEY DE REGISTRO PÚBLICO Y DEL NOTARIADO

Impedimentos
(se refiere al notario)

Se le impide que sea notario cuando está en las circunstancias del artículo 73 de la Ley de Registro Público y del Notariado:

- Artículo 73. Incompatibilidades: “No podrán ejercer el Notariado:

1.- Las personas sujetas a interdicción por condena penal, mediante sentencia definitivamente firme, por un lapso de cinco años, contados a partir del cumplimiento de la pena.

2.- Las personas sometidas a beneficio de atraso, mientras dure el procedimiento.                                        
3.- Los fallidos hasta tanto no sean rehabilitados.

4.- Los declarados civilmente responsables, mediante sentencia definitivamente firme, por actuaciones u omisiones, en la actividad profesional, en la cual se fundamenta su acreditación para ser elegible al cargo, por un lapso de cinco años, contados a partir del cumplimiento de la sanción establecida en la sentencia.

5.- Quienes hayan sido declarados penal, administrativa o civilmente responsables, con ocasión de la administración de fondos de carácter público o privado, mediante sentencia definitivamente firme, por un lapso de diez años, contados a partir del cumplimiento de la pena.

6.- Quienes hayan sido sujetos a auto de responsabilidad administrativa, dictado por la Contraloría General de la República, que haya quedado definitivamente firme, mientras dure el impedimento.

Frase reflexiva:
¿Hay para Dios alguna cosa difícil?Génesis 18:14

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