Sí pueden existir juicios ordinarios sin
audiencia preliminar, ya que mediante Sentencia N° 287 de la Sala de Casación Penal del
Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 07 de junio de 2007 con ponencia de la Magistrada Miriam
Morandy Mijares, se dice que la fase de investigación finalizó cuando el
Ministerio Público solicitó el sobreseimiento; no hace referencia a cuando
comienza la fase intermedia, por lo tanto, nos permite sustentar la tesis que
pueden haber juicios ordinarios sin audiencia preliminar, porque el Juez
de Control recibe el expediente, y resuelve la solicitud de sobreseimiento sin
convocar a lo que anteriormente se llamada “audiencia de sobreseimiento”, sino
que en cuarenta y cinco (45) días resuelve: sí o no. Si dice que sí, se decreta
el sobreseimiento de la causa; y si dice que no, se manda el expediente a la Fiscalía Superior
del Ministerio Público, y el Fiscal Superior ratifica o no la petición de
sobreseimiento. Si el Fiscal Superior ratifica la petición de sobreseimiento,
el Juez de Control tiene que decidirlo así aunque no opine igual, dejando a
salvo su opinión en contrario.
Nota. Hay audiencia preliminar para decretar el
sobreseimiento por prescripción. Cuando hay solicitud de sobreseimiento por
muerte del imputado, el Juez de Control puede decidir sin realizar la audiencia
preliminar.
Fuente: Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de la República Bolivariana
de Venezuela.
Fuente: Clases de postgrado de Derecho Penal y
Criminología. Cuarto Trimestre. Materia: Jurisprudencia Constitucional y Penal.
Universidad Gran Mariscal de Ayacucho (UGMA), Barcelona, estado Anzoátegui.
Sentencia N° 287: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/junio/287-7607-2007-C06-0403.HTML
Sentencia N° 287: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/junio/287-7607-2007-C06-0403.HTML
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