Porque la admisión de
los hechos constituye Confesión Judicial pura y simple del imputado, es decir,
reconocimiento a su culpabilidad en los hechos que se le atribuyen. Si la
persona dice que es autora de los hechos que atribuye el Fiscal del Ministerio
Público, eso basta para que se dicte sentencia condenatoria porque admite los
hechos plasmados en la acusación fiscal.
Fuente: Clases de postgrado de Derecho Penal y
Criminología. Cuarto Trimestre. Materia: Jurisprudencia Constitucional y Penal.
Universidad Gran Mariscal de Ayacucho (UGMA), Barcelona, estado Anzoátegui.
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