26 de febrero de 2015

Abreviado. Ordinario

CRITERIO DE LA SALA DE CASACIÓN PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA CON RELACIÓN A LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO O ABREVIADO.

El Juez decidirá fundadamente la aplicación del procedimiento abreviado. Excepcionalmente, cuando no haya suficiencia de medios de prueba, se acordará el procedimiento ordinario.

Fuente: Clases de postgrado de Derecho Penal y Criminología. Cuarto Trimestre. Materia: Jurisprudencia Constitucional y Penal. Universidad Gran Mariscal de Ayacucho (UGMA), Barcelona, estado Anzoátegui.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!