7 de junio de 2015

Enmienda Constitucional

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es del año 1999, pero tuvo una enmienda en el año 2009 referida a la modificación de los artículos 160, 162, 174, 192 y 230, es decir, al período de tiempo que deben durar los gobernadores, los integrantes del Consejo Legislativo, los alcaldes, los diputados y el Presidente de la República. Permite la postulación, sin restricciones, a los funcionarios electos por votación popular.

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