20 de marzo de 2016

20-03-2016 Teoría Órgano

DERECHO CONSTITUCIONAL

Teoría del Órgano

Las personas jurídicas expresan su voluntad por órganos que la integran. La teoría del órgano es de origen alemán

Aquéllos que entienden al órgano con la persona que actúa expresando la voluntad de la persona jurídica. De esta forma el Presidente de la República o el Primer Ministro, son órganos del Estado, cuando en realidad, los órganos son la Presidencia de la República o el Jefe de Gobierno y, el Presidente de la República es la persona física que ocupa el órgano.


Órganos del Estado: Son los medios o instrumentos de los cuales se vale el Estado para ejercer sus funciones. El órgano no representa al Estado, el órgano es el medio por el cual se vale el Estado para actuar.

Órgano Estatal: Es todo aquel que se encuentra compuesto por una unidad jurídica: hombre y competencia, es decir, Presidente y Presidencia; Ministro y Ministerio; entre otros.

Sujeto o Titular del Órgano: En el órgano se distinguen dos elementos: uno que es el Órgano Individuo y otro que es el Órgano Institución. El Órgano Individuo es la persona que expresa la voluntad del Estado, como por ejemplo: el Presidente de la República, el Gobernador, entre otros; y el Órgano Institución es un complejo de atribuciones, competencias y poderes que individualizaran al órgano dentro de la estructura del Estado, como lo sería la Presidencia de la República, la Gobernación, entre otros.

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