“Todos somos muy ignorantes. Lo que ocurre es
que no todos ignoramos las mismas cosas”
Albert Einstein
DERECHO ROMANO (I)
JORGE L. SALAZAR R.
TUTELA Y CURATELA
Clases de Curatela
1) Curatela del Loco Furioso: El demente o furioso era aquel individuo carente de razón y
voluntad propia para realizar negocio jurídico alguno, y cuya falta de
discernimiento lo eximia de responsabilidad delictual.
En la Curatela del Furioso, la
función del Curador, era la de administrar los bienes del incapaz y
representarlo dado su total incapacidad.
2) Curatela del Mente Captus: Es aquella facultad que no tiene el idiota, los sordos, los
mudos; y aquellos casos de incapacidad para administrar el propio patrimonio.
Su incapacidad era de forma absoluta, para realizar por sí mismo cualquier
acto.
3) Curatela del Pródigo: Era considerado pródigo la persona Sui Juris que dilapidaba
los bienes que había recibido de su pariente paterno, por herencia “ab intestato” o sin testamento. La Curatela se había
realizado no en interés del Pródigo, sino en interés de la familia agnaticia.
4) Curatela del Menor de 25 Años: Los púberes desde la edad de la pubertad, hasta los 25 años
reciben curadores.
Curatelas Especiales
1) Curatela del Sordomudo: Los Sordomudos sometidos a Curatelas y su incapacidad,
siendo ésta Curatela similar a los locos Mente Captus.
2) Curatela del Vientre: Es el curador que se nombraba al Nasciturus (persona concebida pero no nacida).
Bibliografía: Derecho Romano I y II Metodologías, Sumaria, Mnemotécnica
y Cuestionaria. Décima Segunda Reimpresión. Distribuidora Rikei, C.A. Caracas,
2006. GERARDO ONTIVEROS PAOLINI. DERECHO ROMANO.
Frase
reflexiva:
“Todos somos muy ignorantes. Lo que ocurre es
que no todos ignoramos las mismas cosas”
Albert Einstein
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