24 de abril de 2016

24-04-2016 Romano (71)

Frase reflexiva:
Todos somos muy ignorantes. Lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosasAlbert Einstein

DERECHO ROMANO (I)
JORGE L. SALAZAR R.

TUTELA Y CURATELA

Clases de Curatela

1) Curatela del Loco Furioso: El demente o furioso era aquel individuo carente de razón y voluntad propia para realizar negocio jurídico alguno, y cuya falta de discernimiento lo eximia de responsabilidad delictual.

En la Curatela del Furioso, la función del Curador, era la de administrar los bienes del incapaz y representarlo dado su total incapacidad.

2) Curatela del Mente Captus: Es aquella facultad que no tiene el idiota, los sordos, los mudos; y aquellos casos de incapacidad para administrar el propio patrimonio. Su incapacidad era de forma absoluta, para realizar por sí mismo cualquier acto.

3) Curatela del Pródigo: Era considerado pródigo la persona Sui Juris que dilapidaba los bienes que había recibido de su pariente paterno, por herencia “ab intestato” o sin testamento. La Curatela se había realizado no en interés del Pródigo, sino en interés de la familia agnaticia.

4) Curatela del Menor de 25 Años: Los púberes desde la edad de la pubertad, hasta los 25 años reciben curadores.

Curatelas Especiales

1) Curatela del Sordomudo: Los Sordomudos sometidos a Curatelas y su incapacidad, siendo ésta Curatela similar a los locos Mente Captus.

2) Curatela del Vientre: Es el curador que se nombraba al Nasciturus (persona concebida pero no nacida).

Bibliografía: Derecho Romano I y II Metodologías, Sumaria, Mnemotécnica y Cuestionaria. Décima Segunda Reimpresión. Distribuidora Rikei, C.A. Caracas, 2006. GERARDO ONTIVEROS PAOLINI.  DERECHO ROMANO.

Frase reflexiva:
Todos somos muy ignorantes. Lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosasAlbert Einstein

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