2 de octubre de 2016

2-10-2016 Obligaciones I (3)

Frase reflexiva:
El que dice una mentira no sabe qué tarea ha asumido, porque estará obligado a inventar veinte más para sostener la certeza de esta primera Alexander Pope

Guía de Obligaciones I

Facultad: Derecho
Materia: Obligaciones I
Semestre: Quinto-Pregrado

TEMA 8 VICIOS DEL CONSENTIMIENTO

Nota.- Los elementos de existencia del contrato son: causa, consentimiento y objeto; y en los elementos de validez tenemos:

1) Capacidad de los contratantes.- La capacidad es la medida de la aptitud de un sujeto para ser titular de derechos y obligaciones. Primero se tiene que ser el titular de algo para después ejercer ese derecho.

La capacidad en materia contractual se determina por signos objetivos que lo dan 2 circunstancias: haber alcanzado la mayoría de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales o intelectuales.

2) Consentimiento válido.- Tiene que ser un consentimiento exento de vicios. Los vicios son: error, dolo y violencia.

EL ERROR

Es una falsa apreciación de la realidad donde se cree verdadero lo falso y viceversa. El sujeto incurre de manera involuntaria en ese vicio por unas cuestiones de tipo psicológico.

CLASIFICACIÓN DEL ERROR DE ACUERDO AL CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO

1) Error de Derecho.- Este error produce la nulidad del contrato sólo cuando ha sido la causa única o principal.

El error de derecho recae en una circunstancia, es un efecto o un hecho relacionado con una norma jurídica.

Cuando se habla de error de derecho, eso es excepcional a una regla general la cual está contemplada en el artículo 2 del Código Civil; y tengamos presente que la nulidad del contrato se permite, porque ese error es la causa principal y determinante de dicho contrato. Se permite alegar ese error de derecho y se tiene que demostrar que se incurrió en eso.

Ejemplo: una persona que celebra un contrato para construir una vivienda de tipo multifamiliar, ignorando que en esa zona existe una ordenanza municipal que prohíbe eso. -Lo principal que el constructor busca es una contraprestación-

Nota.- Dentro de las normas individualizadas encontramos los contratos     -un testamento-. Las normas son individualizadas porque regulan una situación en particular, regulan la conducta entre personas específicas. Aparte de los contratos encontramos las ordenanzas municipales, las cuales regulan la conducta entre el órgano administrador de un municipio y los habitantes de dicho municipio.

Art. 1147 C.C.: “El error de derecho produce la nulidad del contrato sólo cuando ha sido la causa única o principal.

Frase reflexiva:
El que dice una mentira no sabe qué tarea ha asumido, porque estará obligado a inventar veinte más para sostener la certeza de esta primera Alexander Pope

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