23 de enero de 2017

23/01/2017 Civil III [11]

La frase del día:
Dime la verdad y yo construyo la mentiraAnónimo

Guía de Derecho Civil III

Bibliografía: Derecho Civil II Bienes y Derechos Reales. Tercera Edición Actualizada y Corregida. Mary Sol Graterón Garrido. Caracas, 2007

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Tema # 3 Clasificación Jurídica de las Cosas y su Importancia

4) Por La Posibilidad De Fraccionamiento

4. 1 Cosas divisibles: Son aquellas que son susceptibles de fraccionamiento, las cuales, en el momento de ser divididas, cada una de las partes conserva su valor del todo proporcional y su utilidad. Ejemplo: una torta, un rollo de tela, una parcela, etc.

4. 2 Cosas indivisibles: Son aquellas que pierden su valor original al momento de ser divididas

- Indivisibilidad legal: Aquí se establece un impedimento legal.

* Artículo 769 C.C: “No podrá pedirse la división de aquellas cosas que, si se partieran, dejarían de servir para el uso a que están destinadas,

- Indivisibilidad convencional: Es un convenio entre las partes.

* Artículo 768 C.C: “A nadie puede obligarse a permanecer en comunidad y siempre puede cualquiera de los partícipes demandar la partición.

Sin embargo, es válido el pacto de que se deba permanecer en comunidad por un tiempo determinado, no mayor de cinco años.

La autoridad judicial, sin embargo, cuando lo exijan graves y urgentes circunstancias, puede ordenar la división de la cosa común, aun antes del tiempo convenido.

5) Por Su Existencia En El Tiempo

5. 1 Cosas presentes: La cosa existe en el momento en que se establece la relación jurídica.

5. 2 Cosas futuras: Se establece la relación jurídica, pero todavía no se establece como tal, la cosa.

La frase del día:
Dime la verdad y yo construyo la mentiraAnónimo

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