“Dime la verdad y yo construyo la mentira” Anónimo
Guía de Derecho Civil III
Bibliografía: Derecho Civil II Bienes y Derechos
Reales. Tercera Edición Actualizada y Corregida. Mary Sol Graterón Garrido.
Caracas, 2007
Facultad: Derecho
Semestre: 3°
/ Pregrado
Jorge Leonardo Salazar Rangel
Tema # 5 Los Bienes Con
Relación a las Personas a Quienes Pertenecen
Características de los Bienes del
Dominio Privado
- Se pueden
vender.
- Pueden
adquirirse por la prescripción adquisitiva.
Con relación
a ésta última, existen 2 tipos de prescripción:
a) Prescripción adquisitiva o llamada
también “usucapión”: Es un modo de adquirir un derecho con
el transcurrir del tiempo, y bajo las condiciones que establezca la ley.
Su basamento legal, lo encontramos en el artículo 1952 del C.C, que nos manifiesta lo siguiente:
“La prescripción es un medio de
adquirir un derecho o de libertarse de una obligación, por el tiempo y bajo las
demás condiciones determinadas por la ley”.
b) Prescripción extintiva: Es cuando se
extingue un derecho, por un lapso determinado de tiempo, y de acuerdo a las
condiciones que establezca la ley. En relación a la extinción, es al acreedor a quien se le extingue, el
derecho de reclamar al deudor, el cumplimiento de la obligación; y con relación
al deudor, prescribe su obligación
de cumplir; lo que trae como consecuencia, que éste último se liberta de pagar.
Entonces tenemos: el derecho
del acreedor prescribe y la obligación
del deudor también (se liberta de pagar).
Tengamos en
consideración y muy presente, que el tiempo es muy importante en la
prescripción.
Afectación: Es cuando los bienes que pertenecen al
Estado, son destinados por el mismo Estado, a régimen de Dominio Público.
Se afecta su
utilización por parte de la colectividad.
No se requiere de ninguna formalidad o
acto formal, del ente administrativo.
La
frase del día:
“Dime la verdad y yo construyo la mentira” Anónimo
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