28 de enero de 2017

28/01/2017 Civil III [51]

La frase del día:
La sociedad estructura al ser humano y le dice lo que necesita

Guía de Derecho Civil III

Bibliografía: Derecho Civil II Bienes y Derechos Reales. Tercera Edición Actualizada y Corregida. Mary Sol Graterón Garrido. Caracas, 2007

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Tema # 1 El Patrimonio

2.- Teoría Alemana o del Patrimonio Afectación: Está teoría es opuesta totalmente a la Teoría Clásica, y la misma según expresa que la masa patrimonial no debe ser identificada con la personalidad, ni comparte las características de inalienabilidad e indivisibilidad.

Esta teoría ha sido aceptada en las legislaciones germánicas y el en Derecho Inglés, no así en el ordenamiento jurídico venezolano, que vincula el patrimonio a la personalidad.

Características del Patrimonio Afectación

1.- Que exista un conjunto de derechos, bienes y obligaciones.

2.- Que el conjunto de bienes y derechos, estén destinados a la realización de un fin.

3.- Que el derecho organice con autonomía todas las relaciones jurídicas (activas y pasivas) que vinculan a acreedores y deudores en función de la masa independiente de bienes, derechos y obligaciones.

Los Patrimonios Separados: Son conjuntos patrimoniales que, en interés de un determinado fin y especialmente con referencia a la responsabilidad por deudas, son tratados en ciertos aspectos como un todo distinto del resto del patrimonio.

Se citan como principales casos de patrimonios separados:

a.- El hogar legalmente constituido (art. 632 del C.C)

b.- El patrimonio del comerciante fallido o quebrado (arts. 939 y 940 del Código de Comercio)

c.- El patrimonio de la comunidad conyugal (arts. 151, 152, 156, 164 del C.C) y la comunidad concubinaria (por aplicación del artículo 77 de la C.R.B.V)

d.- El patrimonio del ausente (art. 419 del C.C)

e.- El patrimonio hereditario aceptado a beneficio de inventario (art. 996 y 1036 del C.C), etc.

El Patrimonio Autónomo: Es el llamado de Destino o de Administración, en el cual encontramos un titular interino al servicio de un fin, porque su titular falta o es incierto.

La Responsabilidad Patrimonial

La fundamentación legal de la responsabilidad patrimonial del deudor, se encuentra en los artículos 1863 y 1864, del C.C, y señalan lo siguiente:

- Artículo 1863 C.C: El obligado personalmente está sujeto a cumplir su obligación con todos sus bienes habidos y por haber.

- Artículo 1864 C.C: Los bienes del deudor son la prenda común de sus acreedores, quienes tienen un derecho igual si no hay causas legítimas de preferencia.

Las causas legítimas de preferencia son los privilegios y las hipotecas.

La frase del día:
La sociedad estructura al ser humano y le dice lo que necesita

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