La sociedad estructura al ser humano y le dice lo
que necesita
CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DESAPARICIÓN FORZADA DE
PERSONAS
ARTICULO VI
Cuando un Estado Parte no conceda la extradición, someterá
el caso a sus autoridades competentes como si el delito se hubiere cometido en
el ámbito de su jurisdicción, para efectos de investigación y, cuando
corresponda, de proceso penal, de conformidad con su legislación nacional. La
decisión que adopten dichas autoridades será comunicada al Estado que haya
solicitado la extradición.
La
frase del día:
La sociedad estructura al ser humano y le dice lo
que necesita
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