17 de marzo de 2017

17/3/2017 P. Penal III [11]

La frase del día:
No tengas miedo de tus miedos. No están ahí para asustar. Están ahí para hacerte saber que algo vale la penaJoyBell

Guía de Derecho Procesal Penal III

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

TEMA 3 RÉGIMEN PROBATORIO

OPORTUNIDAD DE PROMOCIÓN DE LAS PRUEBAS

Oportunidad de promover pruebas del fiscal.-

La oportunidad para promover pruebas es conjuntamente con la acusación cuando es el fiscal del MP.

Oportunidad de promover pruebas de la defensa.-

La oportunidad que tiene la defensa para promover las pruebas es hasta 5 días antes de la 1era oportunidad fijada para la audiencia preliminar. Si es suspendida la audiencia preliminar no se reabre el lapso.

Oportunidad de promover pruebas de la parte acusadora particular.-

La oportunidad para promover sus pruebas sería al momento que el fiscal del MP presente el escrito de acusación.

ADMISIBILIDAD DE LAS PRUEBAS

La oportunidad procesal que tiene que el juez de control para convertir esos elementos en prueba, es en la audiencia preliminar.

Primero se admite la acusación; y luego: todas, una o varias pruebas presentadas.

Se dicta un auto que es un auto de apertura a juicio. Allí se determina: el delito, pruebas admitidas, quien es el fiscal, quien es la parte acusadora, se determina si hay o no acusador particular. Luego se ordena el pase a juicio.

La frase del día:
No tengas miedo de tus miedos. No están ahí para asustar. Están ahí para hacerte saber que algo vale la penaJoyBell

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