17 de marzo de 2017

17/3/2017 Procesal Penal [14]

La frase del día:
No tengas miedo de tus miedos. No están ahí para asustar. Están ahí para hacerte saber que algo vale la penaJoyBell

N° de Expediente: A08-100 N° de Sentencia: 447
Tema: Medidas alternativas
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Fundamento de las medidas humanitarias
Lunes, 11 de agosto de 2008

El fundamento de las medidas humanitarias para penados prevista en la ley adjetiva penal estriba en una doble dimensión: a) razones de justicia material, pues la enfermedad incurable y la ancianidad disminuyen la fuerza física, la agresividad y la resistencia del penado, lo cual conlleva una reducción de su capacidad criminal y de su peligrosidad social; y b) razones humanitarias, esto es, que el penado no fallezca privado de libertad, amparándose en el derecho a morir dignamente que gozan todas las personas sin distinción alguna y que la pena de prisión no agrave la enfermedad del reo.

La frase del día:
No tengas miedo de tus miedos. No están ahí para asustar. Están ahí para hacerte saber que algo vale la penaJoyBell

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