DERECHO PROCESAL PENAL
Extensión jurisdiccional. I. Los tribunales penales están facultados para examinar las cuestiones civiles y administrativas que se presenten con motivo del conocimiento de los hechos investigados.
En tal supuesto, la parte interesada deberá explicar, mediante escrito motivado, las razones de hecho y de derecho en que se funda su pretensión, en conjunto con la copia certificada íntegra de las actuaciones que hayan sido practicadas a la fecha en el procedimiento extrapenal.
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