DERECHO PROCESAL PENAL
Orden procesal con relación a la exposición de conclusiones en el juicio
oral y público
i) En primer lugar, el tribunal le concede la
palabra a la Vindicta
Pública para que exponga sus conclusiones.
ii) Acto seguido, el tribunal le cede la palabra a
la defensa para que explane sus conclusiones.
iii) Luego, se procede a otorgarle la palabra al
representante del Ministerio Público para que manifieste su réplica.
iv) Seguidamente, la palabra se le otorga a la
defensa para que de igual forma, exponga su réplica con relación a las
conclusiones del Ministerio Público.
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