7 de febrero de 2015

Orden Procesal II

DERECHO PROCESAL PENAL

Orden procesal con relación al derecho de palabra en la audiencia de presentación para oír al imputado

1° En primer lugar, el juez le da la palabra al fiscal del Ministerio Público para que explane los hechos, la precalificación jurídica y su petitorio.

2° En segundo lugar, se le da la palabra a la víctima, en el caso de asistir a dicha audiencia.

3° Posteriormente, se le otorga la palabra al imputado de autos.

4° Luego, el tribunal le concede la palabra a la defensa, bien sea privada o pública.

5° Por último, el tribunal emite su correspondiente decisión.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad.