DERECHO PROCESAL PENAL
Orden procesal con relación al derecho de
palabra en la audiencia de presentación para oír al imputado
1° En
primer lugar, el juez le da la palabra al fiscal del Ministerio Público para
que explane los hechos, la precalificación jurídica y su petitorio.
2° En
segundo lugar, se le da la palabra a la víctima, en el caso de asistir a dicha
audiencia.
3°
Posteriormente, se le otorga la palabra al imputado de autos.
4° Luego,
el tribunal le concede la palabra a la defensa, bien sea privada o pública.
5° Por
último, el tribunal emite su correspondiente decisión.
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