7 de febrero de 2015

Orden Procesal

DERECHO PROCESAL PENAL

Orden procesal para la evacuación de los medios de pruebas

1° Expertos.

2° Testigos.

3° Otros medios de pruebas, tales como: documentos, informes escritos, exhibición de objetos, reproducción de grabaciones, elementos de pruebas audiovisuales.

Si el juez de la causa considera necesario alterar dicho orden, puede hacerlo.

Fuente: Código Orgánico Procesal Penal. Gaceta Oficial N° 6.078 Extraordinario del 15 de junio de 2012.

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