7 de febrero de 2015

Oficina

DERECHO PROCESAL PENAL

LIBRO FINAL
TÍTULO I
DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRIBUNALES, DEL MINISTERIO PÚBLICO Y DE LA DEFENSA PÚBLICA PARA LA ACTUACIÓN EN EL PROCESO PENAL

Capítulo I
De los Órganos Jurisdiccionales Penales

Oficina Nacional

Artículo 512. La Dirección Ejecutiva de la Magistratura organizará la participación ciudadana prevista en el artículo 3 de este Código, actividad que ejecutará a través de la Oficina Nacional de Participación Ciudadana, a la cual se le asignarán los recursos necesarios para su funcionamiento.

Fuente: Código Orgánico Procesal Penal. Gaceta Oficial N° 6.078 Extraordinario del 15 de junio de 2012.

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