27 de agosto de 2016

27-08-2016 Constitucional II (29)

Frase reflexiva:
La buena suerte acompaña a los que se esfuerzanPasteur

Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Tema # 4 La Nacionalidad y la Ciudadanía

Revocatoria de Nacionalidad

Se puede revocar la nacionalidad adquirida y no la nacionalidad originaria. La nacionalidad originaria es irrevocable, puesto que la misma no se revoca. (Art. 35 C.R.B.V)

- Artículo 35 C.R.B.V: Los venezolanos y venezolanas por nacimiento no podrán ser privados o privadas de su nacionalidad. La nacionalidad venezolana por naturalización sólo podrá ser revocada mediante sentencia judicial, de acuerdo con la ley.

- Análisis Jurídico (35): Los venezolanos por nacimiento nunca podrán ser privados de su nacionalidad. Solamente a los venezolanos por naturalización, se les podrá ser revocada mediante una sentencia judicial.

Artículo 36 (Ley de Nacionalidad y Ciudadanía):

De la revocatoria de la nacionalidad venezolana por naturalización

La revocatoria de la nacionalidad venezolana por naturalización sólo podrá hacerse mediante sentencia judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Artículo 37 (Ley de Nacionalidad y Ciudadanía):

Órganos jurisdiccionales competentes

Serán competentes para conocer de la acción de revocatoria de la nacionalidad venezolana por naturalización, en primera instancia, los órganos jurisdiccionales en lo Contencioso Administrativo, y en alzada, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.

Frase reflexiva:
La buena suerte acompaña a los que se esfuerzanPasteur

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