“¿Cómo puede
ayudarnos un médico si no le pedimos una cita?”
JORGE
LEONARDO SALAZAR RANGEL
Facultad: Derecho
Materia:
Derecho Constitucional II
Semestre:
Segundo-Pregrado
Tema # 5 Estructura de la Constitución Venezolana
Preámbulo de la Constitución Venezolana
“El
pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la
protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y
el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los
precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de
refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y
protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y
descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la
paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y
el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a
la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la
igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación
pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración
latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y
autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los
derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme
nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como
patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder
originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto
libre y en refrendo democrático, decreta lo siguiente:”
Parte Dogmática: Es aquella donde se establece el reconocimiento de los
derechos del hombre y se expresa que estos tienen carácter enunciativo. Y la
denominación dogmática viene de dogma, que significa principio innegable de
toda ciencia.
Declaración de los Derechos del Hombre y del
Ciudadano (Constitucional I)
Artículo 1: “Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en
derechos. Las distinciones sociales solo pueden fundarse en la utilidad común”.
Esto consagra que todas las personas son
iguales ante la ley en el artículo 21 de la C.R.B.V.
Artículo 2: “La finalidad de toda asociación política es la conservación
de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Estos derechos son la
libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión”.
Artículo 3: “El principio de toda soberanía reside esencialmente en la
nación. Ninguna corporación ni individuos pueden ejercer autoridad que no emane
de ella expresamente”.
Esto consagra que la soberanía reside
intransferiblemente en el pueblo en el artículo 5 de la C.R.B.V.
Frase
reflexiva:
“¿Cómo puede
ayudarnos un médico si no le pedimos una cita?”
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