11 de septiembre de 2016

11-09-2016 Dolos

Frase reflexiva:
¿Cómo puede ayudarnos un médico si no le pedimos una cita?

La problemática del enfermo mental y su responsabilidad penal establecida  en el Código Penal venezolano

Conclusiones 

Reflexión Crítica

Conclusiones de la Investigación

Esperamos que el presente trabajo haya sido de su total agrado y entendimiento, hemos buscado diversas fuentes de información con la finalidad de hacerla más rica y productiva, tanto para nosotros como para el disfrute y reconocimiento del docente.  

Por lo consiguiente, podemos concluir lo siguiente:

I.  Que las causas de inimputabilidad son todos aquellos motivos por los cuales no se le puede atribuir a un sujeto el acto típicamente antijurídico que haya realizado.

II. Que según el criterio adoptado por la legislación venezolana, son causas de inimputabilidad:

- Falta de desarrollo mental. (Lo podemos apreciar desde el artículo 69 al 72 del Código Penal venezolano) 

- Falta de salud mental. (Lo conseguimos en los artículos 62 y 63 del Código Penal venezolano)

- Defensa subjetiva. (Se manifiesta en la jurisprudencia venezolana en forma muy imprecisa, en la llamada defensa putativa, que se equipara a la legítima defensa objetiva)

- Omisión por miedo insuperable. (Ver artículo 73 del Código Penal venezolano)

III. Que la culpabilidad indica la exigencia de una relación psíquica entre el sujeto y su hecho, siendo sus formas o especies el dolo y la culpa.

IV. Que además de las causa de imputabilidad, también existen las causas de inculpabilidad, la cual también excluye a un sujeto de la responsabilidad penal existente por un hecho antijurídico. 

V. Que el dolo es una especie de culpabilidad, y el mismo se debe entender como la voluntad consciente, encaminada u orientada a la perpetración de un acto que la ley tipifica como delito.

VI. Que se distinguen dos elementos de composición del dolo: los elementos intelectuales y los elementos efectivos o emocionales.

VII. Que entre las clases de dolos existe:

- Dolo directo e indirecto.

- Dolo genérico.

- Dolo específico.

- Dolo eventual.

- Dolo de peligro y dolo de daño.

- Dolo sobrevenido.

Fuente de la información:
Diplomado en Investigación Criminal y Ciencias Forenses. Universidad Dr. José Gregorio Hernández. Módulo 3: Análisis Forense y Psiquiatría: Unidad II. Material de estudio: enfermo mental y responsabilidad penal.

Frase reflexiva:
¿Cómo puede ayudarnos un médico si no le pedimos una cita?

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