25 de enero de 2017

25/01/2017 Civil III [39]

La frase del día:
Quien no castiga el mal, ordena que se haga. Leonardo Da Vinci

Guía de Derecho Civil III

Bibliografía: Derecho Civil II Bienes y Derechos Reales. Tercera Edición Actualizada y Corregida. Mary Sol Graterón Garrido. Caracas, 2007

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Tema # 8 De las Maneras de Adquirir y Transmitir las Propiedades y Demás Derechos

Formas de Perder el Derecho de Propiedad

Tenemos las formas absolutas y las formas relativas.

1.- Formas Absolutas: Sucede en una causa imputable a la cosa.

Hay 2 tipos de destrucción:

a.- Destrucción material: Es cuando la cosa se destruye materialmente. Aquí se pierde el derecho de propiedad.

b.- Destrucción jurídica: Cuando el derecho de propiedad es expropiado.

2.- Formas relativas: Tenemos:

a.- Disposición del propietario: Es cuando el propietario decide vender a una persona la propiedad.

Podemos observar, que la propiedad se transmite de un titular a otro, por voluntad del propietario.

b.- Disposición legal o jurídica: Aquí se adquiere el bien, por prescripción adquisitiva, mediante una sentencia que dicte un Tribunal competente para ello.

Cuando aquí hablamos de la disposición legal, hablamos de 2 tipos de disposición: a) la disposición que tuvo la persona para dar un bien en garantía, y después no tuvo como pagarlo; y b) la disposición que toma el Tribunal, de colocar los bienes de estar persona, en ejecución forzosa (un remate judicial).

De igual forma, por la disolución de un contrato se pierde el derecho de propiedad. Por ejemplo: que un menor de edad realice la venta de un bien.

También tenemos, que cuando se realiza la donación a una persona para que cumpla con un fin, y ésta realiza una acción distinta a la que se le planteo previamente, también se puede anular ese contrato, por ingratitud.

Ejemplo: que se le realice a una persona una donación de una determinada suma de dinero, para que estudie Derecho, y lo que haga es, montar una licorería.

La frase del día:
Quien no castiga el mal, ordena que se haga. Leonardo Da Vinci

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