4 de febrero de 2017

4/2/2017 Civiles juzgados por militares

La frase del día:
La vida es una obra que no permite ensayos. Canta, ríe, baila, llora, vive intensamente antes de que el telón baje.Charles Chaplin


TÍTULO V
DE LA ORGANIZACIÓN DEL PODER PÚBLICO NACIONAL

Capítulo III Del Poder Judicial y del Sistema de Justicia
Sección primera: disposiciones generales

Artículo 261. La jurisdicción penal militar es parte integrante del Poder Judicial, y sus jueces o juezas serán seleccionados o seleccionadas por concurso. Su ámbito de competencia, organización y modalidades de funcionamiento se regirán por el sistema acusatorio y de acuerdo con lo previsto en el Código Orgánico de Justicia Militar. La comisión de delitos comunes, violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, serán juzgados por los tribunales ordinarios. La competencia de los tribunales militares se limita a delitos de naturaleza militar.

Gaceta Oficial No. 5.263 Extraordinario del 17 de septiembre de 1998

TÍTULO V
De la Jurisdicción Militar y de la Competencia de los Tribunales Militares

CAPÍTULO I
De la Jurisdicción Militar

Artículo 123. La jurisdicción militar comprende:

…2. Las infracciones militares cometidas por militares o civiles, conjunta o separadamente.

CAPÍTULO II
De la Competencia de los Tribunales Militares

SECCIÓN I
De la Competencia en General

Artículo 128. En los casos a que se refiere el ordinal 3° del artículo 123, si el delito común ha sido cometido por militares y por civiles, como autores principales o cómplices, todos los complicados serán sometidos a la jurisdicción militar.

La frase del día:
La vida es una obra que no permite ensayos. Canta, ríe, baila, llora, vive intensamente antes de que el telón baje.Charles Chaplin

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!