7 de octubre de 2025

Excepción territorial | 7-10-2025

Sentencia No. 155 de fecha 04-ABR-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia de la Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Cónsono con lo anterior, se afirma que la radicación de una causa es una excepción al principio de competencia territorial; por tanto, su procedencia se hace depender de la verificación, al menos, de uno de los supuestos establecidos en el artículo transcrito: el primero, cuando se trate de delitos graves, cuya perpetración cause alarma, sensación o escándalo público; y el segundo, cuando por recusación, inhibición o excusa de los jueces titulares y de sus suplentes, el proceso se paralice indefinidamente después de presentada la acusación por parte de la representación del Ministerio Público.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día
"Bienaventurados los que lloran, porque ellos recibirán consolación" • Mateo 5:4

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