DERECHO PROCESAL PENAL
Exhumación. Si el cadáver ha sido sepultado antes del examen, o autopsia correspondiente, el juez, a petición del Ministerio Público, podrá ordenar la exhumación cuando las circunstancias permitan presumir la utilidad de la diligencia.
En lo posible, se deberá informar con anterioridad a la exhumación, a algún familiar del difunto. Practicado el examen, o autopsia, se procederá a la inmediata sepultura del cadáver.
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