DERECHO CONSTITUCIONAL
Derecho a la vida. El derecho a la vida es inviolable.
Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla.
El Estado venezolano protegerá la vida de las personas que se encuentren privadas de libertad, prestando el servicio militar, o civil, o sometidas a su autoridad en cualquier otra forma.
El derecho a la vida está concatenado con el artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que establece:
"Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona".
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