5 de febrero de 2015

Cuasidelitos

DERECHO ROMANO

CUASIDELITOS.


El cuasidelito está ligado a la idea de culpa y es un estado intermedio entre el dolo y la fuerza mayor; las obligaciones "Quasi ex delito" son: 

1. El juez que produce una sentencia de mala fe lesionando a un litigante o que falta a su deber por negligencia o venalidad.

2. El causar daño a un transeúnte o a sus bienes por el lanzamiento de alguna cosa sobre la calle o camino. Da lugar a la "actio de effusis et dejectis" contra el ocupante del inmueble. 

3. El hecho de que una cosa suspendida en un edificio cayera sobre un camino o calle dañando un transeúnte o sus bienes. Da lugar a la "actio positis et suspensis" al "duplo" y contra el ocupante del inmueble.

4. Los patrones de buques, posaderos y caballericeros responden por los robos y perjuicios ocasionados a los equipajes y animales depositados por los usuarios y daños personales causados a éstos "actio furti" y "actio damni".

Fuente: Derecho Romano I y II. Gerardo Ontiveros Paolini. Distribuidora Rikei, C.A., Caracas-Venezuela 2006. pp.187, 188.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!