DERECHO ROMANO
CULPABILIDAD PROPIAMENTE DICHA
La culpa ha sido definida como la falta de atención, sin la voluntad de perjudicar
y sin la previsión efectiva de las consecuencias del acto.
Fuente: Anotaciones y comentarios sobre Derecho Romano. Tomo I. Chibly
Abouhamad Hobaica. Universidad Central de Venezuela. Ediciones de la Bilioteca-EBUC. Caracas,
2014. p.301.
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