22 de agosto de 2015

TSJ-III

Tribunal Supremo de Justicia

Tema: Competencia
Materia: Violencia contra la mujer
Asunto: Calificación del delito - Determinación de la competencia - La igualdad de género es un derecho humano y un acto de justicia


...en los casos de violencia de género prevalece el dolo en la acción del sujeto activo del delito y las circunstancias que rodearon al hecho, que deberán ser consideradas (escrupulosamente) y analizadas en cada causa en particular, lo que en definitiva conllevará a la calificación del delito y por lo tanto a la determinación de la competencia. Resultando imprescindible que los jueces y juezas llamados a decidir tengan conciencia de género y comprensión de los grados y modos de discriminación de las mujeres, reconociendo que la igualdad de género es un derecho humano y un acto de justicia. 

IV
DECISIÓN

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, dicta los pronunciamientos siguientes:

PRIMERO: DECLARA COMPETENTE para el conocimiento de la presente causa a la Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

SEGUNDO: ORDENA remitir copia certificada  de  la  presente decisión a la Sala No. 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana  de Caracas.

 Publíquese, regístrese, ofíciese lo conducente y remítase el expediente.

Dada,  firmada  y  sellada  en  el  Salón   de  Audiencias  del  Tribunal  Supremo    de   Justicia,  en Sala de Casación Penal, en Caracas, al primer (1°) día del mes agosto del  año 2014.  Años. 204º de la Independencia y 155º de la Federación.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!