“Para el que anda
triste, todos los días son malos; para el que anda feliz, todos los días son
alegres” (Proverbios 15:15)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
DERECHO CIVIL I
PREGRADO
Tema # 4 La Capacidad de las
Personas Naturales
Artículo 840 CC: Son
incapaces para recibir por testamento los que son incapaces para suceder ab-intestato.
Sin
embargo, pueden recibir por testamento los descendientes inmediatos; es decir,
los hijos de una persona determinada que viva en el momento de la muerte del
testador; aunque no estén concebidos todavía.
Artículo 370 CC: Ni el tutor ni el protutor pueden comprar bienes del menor
ni tomarlos en arrendamiento, ni hacerse cesionarios de créditos ni derechos
contra él.
Mientras
ejerzan sus cargos, tampoco pueden adquirir de terceras personas los bienes del
menor que hubieren enajenado.
Artículo 397 CC: El entredicho queda bajo tutela y las disposiciones
relativas a la tutela de los menores son comunes a la de los entredichos, en
cuanto sean adaptables a la naturaleza de ésta.
Artículo 408 CC: El entredicho por condenación penal queda sometido a
tutela, la cual se regirá por las disposiciones de este Capítulo, en cuanto
sean aplicables.
Artículo 458 CC: Si se han perdido o destruido en todo o en parte los
registros; si son ilegibles; si no se han llevado los registros de nacimiento o
de defunción, o si en estos mismos registros se han interrumpido u omitido los
asientos, podrá suplirse el acta respectiva con cualquiera especie de prueba.
Las partidas eclesiásticas tendrán el valor de presunciones.
La
prueba supletoria será admisible, no sólo cuando se trate de nacimientos,
matrimonios y defunciones, sino también para acreditar todos los otros actos
que deben inscribirse en los registros del estado civil, cuando concurran
respecto de estos actos las mismas circunstancias ya previstas.
Si la
falta, destrucción, inutilización total o parcial, o la interrupción de los
registros proviene de dolo del requirente, no se le admitirá la prueba
autorizada por este artículo.
Artículo 1481 CC: Entre marido y mujer no puede haber venta de bienes.
Frase
reflexiva:
“Para el que anda
triste, todos los días son malos; para el que anda feliz, todos los días son
alegres” (Proverbios 15:15)
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