“Para el que anda
triste, todos los días son malos; para el que anda feliz, todos los días son
alegres” (Proverbios 15:15)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Bibliografía: Derecho Civil I: Personas. Fondo Editorial USM. Mary Sol
Grateron Garrido.
DERECHO CIVIL I
PREGRADO
Tema # 9 La No Presencia
y la Ausencia
Efectos (artículo 419 y 420 CC)
1)
Nombramiento de un representante si el ausente no dejó ningún apoderado que lo
representará en juicio.
2) Las
facultades del representante nombrado por el juez, son las mismas atribuidas al
defensor del no presente.
3) Para
el nombramiento del representante se preferirá al cónyuge no separado
legalmente, salvo motivos graves que apreciará el juez.
Declaración de Ausencia: Constituye la 2da fase de la ausencia, y opera cuando
transcurrido el plazo de la presunción de Ausencia los interesados piden al
tribual que se declare e la
Ausencia. (Artículo
421 CC)
Requisitos
1) Debe
haber transcurrido el término establecido en el artículo 421 CC.
2) Que
se pida la declaración.
3)
Nombramiento del Defensor (artículo 423 CC)
Frase
reflexiva:
“Para el que anda
triste, todos los días son malos; para el que anda feliz, todos los días son
alegres” (Proverbios 15:15)
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