“Si lo puedes soñar, lo puedes hacer.” Walt
Disney
Las Medidas Cautelares
en el Proceso Penal
- Medidas de coerción o cautelares reales: Actos procesales de coerción directa que,
recayendo sobre las personas o bienes, posibilitan la efectividad de la
sentencia que ulteriormente haya de recaer.
- Función de
las medidas de coerción o cautelares reales: La función de estas medidas es
asegurar el proceso penal; buscan asegurar a las personas y a los bienes.
- Función de
las medidas de coerción o cautelares reales: Aseguramiento para evitar el
peligro que afecte la efectividad de una resolución judicial que no pueda
adoptarse y llevarse a efecto de modo inmediato, se convierta en daño real,
impidiendo que una resolución produzca sus efectos en la práctica o los
produzca en forma menos útil que la debida.
- Nulidad absoluta: 175 Código Orgánico Procesal
Penal.
- Nulidad relativa: 176, 178 Código Orgánico Procesal
Penal.
- Control formal de la acusación: verificar que cumpla
con los requisitos del 308 Código Orgánico Procesal Penal.
- Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia, No. 1303, 20 de junio de 2005.
Fuente de la
información:
Curso: Las Medidas Cautelares en el Proceso Penal.
Fundación para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal
del Ministerio Público: FUNDAFISCAL. Caracas, Venezuela.
La
frase del día:
“Si lo puedes soñar, lo puedes hacer.” Walt
Disney
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