2 de febrero de 2017

2/2/2017 Cautelares [3]

La frase del día:
Si lo puedes soñar, lo puedes hacer.Walt Disney

Las Medidas Cautelares en el Proceso Penal

- Medidas de coerción o cautelares reales: Actos procesales de coerción directa que, recayendo sobre las personas o bienes, posibilitan la efectividad de la sentencia que ulteriormente haya de recaer.

- Función de las medidas de coerción o cautelares reales: La función de estas medidas es asegurar el proceso penal; buscan asegurar a las personas y a los bienes.

- Función de las medidas de coerción o cautelares reales: Aseguramiento para evitar el peligro que afecte la efectividad de una resolución judicial que no pueda adoptarse y llevarse a efecto de modo inmediato, se convierta en daño real, impidiendo que una resolución produzca sus efectos en la práctica o los produzca en forma menos útil que la debida.

- Nulidad absoluta: 175 Código Orgánico Procesal Penal.

- Nulidad relativa: 176, 178 Código Orgánico Procesal Penal.

- Control formal de la acusación: verificar que cumpla con los requisitos del 308 Código Orgánico Procesal Penal.

- Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, No. 1303, 20 de junio de 2005.

Fuente de la información:
Curso: Las Medidas Cautelares en el Proceso Penal. Fundación para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal del Ministerio Público: FUNDAFISCAL. Caracas, Venezuela.

La frase del día:
Si lo puedes soñar, lo puedes hacer.Walt Disney

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