No todas las muertes son iguales desde el punto de vista del derecho penal; pero desde el punto de vista social muerte es muerte. De igual manera no todos los homicidios tienen igual regulación.
Homicidio = Intención de causar la
muerte a una persona.
Nota: ¿La intención me califica un tipo
penal? = No.
En el artículo 405 del Código
Penal tenemos contemplado el homicidio intencional, que reza así:
“El que
intencionalmente haya dado muerte a alguna persona será penado con presidio de
doce a dieciocho años”.
Nota.- Todo delito tiene una estructura; la
estructura fundamental la vamos a llamar “Básica”. De igual forma hay una
estructura que se llama Estructura
Complementaria; pero no todo delito tiene una Estructura Complementaria.
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