Toda
norma es capaz de responder por sí misma cuantas preguntas se le haga, a
continuación lo veremos con el artículo
405 del C.P.:
“El que
intencionalmente haya dado muerte a alguna persona será penado con presidio de
doce a dieciocho años”.
1.- ¿Cuál
es la acción?: Haya dado muerte, matar.
Nota: Toda acción implica me
implica un verbo. La acción se lleva al tiempo infinitivo del verbo (cuando el
verbo termina en ar, er, ir es infinitivo).
2.- ¿Quién
mató?: Él --> Imputabilidad = Se tiene que tener capacidad de realizar la acción.
Con la estructura del delito se
agrega persona natural o física la cual es imputable. Ya que hay veces que lo
pueden cometer -el delito- personas jurídicas.
3.- ¿A
quién mató?: A alguna persona = Sujeto pasivo.
La persona tiene que estar viva, ya que es lo importante.
4.- ¿Cómo
realizo la acción?: Intencionalmente = Elemento
psíquico. El elemento psíquico se traduce en “doloso”, ya que violo el
derecho a la vida cuando mató.
5.-
Elemento material: Aquí la acción recae en la persona que mató, es decir, el sujeto pasivo.
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