9 de abril de 2016

09-04-2016 Filosofía (54)

DERECHO NATURAL EN LA EDAD MEDIA (EUROPA)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
FILOSOFÍA DEL DERECHO

San Agustín de Ipona sentía admiración por la historia romana, por eso denomina Civitas Romana. Él toma a un grupo de romanos para establecer que el mundo terrenal tiene unas características: maldad y egoísmo.

En cambio en el mundo celestial siempre habrá: el amor y la caridad.

Dice que la Ciudad de Dios prevalecerá.

Nota: San Agustín de Ipona dice que algún día todos nosotros seremos buenos y adheridos a la ley de Dios.

Punto de Vista Político

Para aquel entonces San Agustín de Ipona ve que la iglesia es el mayor imperio para el hombre, y dice que tiene que observarse desde el punto de vista mundial. La ley cristiana o la ley divina deben tomar esos ejemplos para que las personas vivan en armonía de Dios.

Resumen de la Obra Ciudad de Dios

En la 1era parte nos da a entender que el hombre debe adaptarse a la ley de Dios; y en la 2da parte habla de ese aspecto político donde la iglesia es lo que va a gobernar a todo gobierno; es decir, la ley de la iglesia debe imponer en todo pueblo.

2) Santo Tomás de Aquino

Santo Tomás de Aquino nació en el Castillo de Roca Seca en el año 1224 y murió en el año 1274 d.C.

Establece que debe existir una relación o paralelismo entre la fe y la filosofía (San Agustín de Ipona las contrapone), el cual se debe evidenciar en el estudio humano. En consecuencia, él se ajusta a la filosofía de Aristóteles (San Agustín de Ipona a la de Platón).

De igual forma dice que se complementan porque en ciertas formas es necesario tener un punto de vista religioso para aceptar la creencia o la parte educativa.

Nota: podemos decir que Santo Tomás de Aquino limita el objeto de estudio de la religión con la filosofía.

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