Tema: Acto Procesal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Actos Procesales
Miércoles, 12 de
Julio de 2000
Todo
proceso no deja de ser un que hacer formal, donde los sujetos procesales en sus
distintas dimensiones tienen que conducir su actividad y voluntad para la
ejecución del acto y su ulterior legitimidad, según las reglas previstas en la
ley. No hay acto procesal sin forma externa circunscrita por condiciones de
tiempo, modo y lugar, todo lo cual debe aparecer regulado mediante reglas
determinadas y determinables que en ningún caso pueden ser consideradas meros
formalismos, pues el cumplimiento de los principios que informan el proceso
penal y la sujeción a las formas, lugar y lapsos de los actos del proceso,
considerados "ex ante" y plasmados en la legislación son en
definitiva el fin último del Derecho Procesal Penal, donde el Principio del
Debido Proceso apunta a la reglamentación procesal con base en leyes
preexistentes, que hace el Estado para asegurar que los procedimientos tengan
un curso determinado; curso ese que no le está dado a las partes subvertir.
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