JORGE LEONARDO
SALAZAR RANGEL
FILOSOFÍA DEL
DERECHO
1) La Filosofía
Cristiana Medieval Europea
1. b la
patrística
La patrística es
la contraparte de la escolástica (esa 1era etapa de la filosofía cristiana
medieval europea, donde la población europea era sometida a, aceptar, el
elemento fe; en pocas palabras, era algo obligado independientemente de la
creencia de la persona) donde observamos una novedad, ya que ha pasado el
tiempo y el hombre ha sido un hombre racional y revolucionario (por llamarlo de
alguna manera): el hombre desde el punto
de vista racional no acepta que se le imponga la fe, ya que se le da el criterio
de aceptarla o no (la fe).
Ese grupo social de aquel entonces está liberado de la imposición de la fe cristiana, y tiene
la libertad de escoger o no dicha fe cristiana.
Se dice que de ahí nacen todas esas corrientes religiosas
que hoy en día conocemos.
La patrística se
acoge a la doctrina del padre, es decir, de Dios; ya no obligado ni impuesto, sino que el hombre acepte la fe
sin imposición alguna.
- Nota: eso surge de unos sacerdotes o unos monjes que le dan a
entender al hombre que puede asumir la fe cristiana.
Definición de la Patrística: es el conjunto de dogmas, de influjos canónico y jurídico
que introduce como novedad original el elemento revelación presentado al lado de la razón, formando una unidad armónica donde se da a conocer la vida y
obras de los santos padres que contribuyeron a la defensa de la fe y de la
doctrina cristiana.
Nota: los grupos de hombres religiosos representantes de la
iglesia nos indican que existe la fe, pero tenemos libertad de razonar y más aún de escoger…
Nota: patrística = padre
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