“Lo que es del cura va para la
iglesia”
LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHICULOS
AUTOMOTORES
Artículo 4.- Tentativa de Hurto. Quien iniciare la ejecución del delito de hurto de
vehículo automotor, aun cuando no se produzca la consumación del mismo, será
castigado con pena de dos a cuatro años de prisión.
Artículo 5.- Robo de Vehículos Automotores. El que por medio de violencia o amenazas de graves daños
inminentes a personas o cosas, se apodere de un vehículo automotor con el
propósito de obtener provecho para sí o para otro, será sancionado con pena de
presidio de ocho a dieciséis años. La misma pena se aplicará cuando la
violencia tenga lugar inmediatamente después del apoderamiento y haya sido
empleada por el autor o él participe para asegurar su producto o impunidad.
Artículo 6.- Circunstancias Agravantes. La pena a imponer para el robo de vehículo automotor será
de nueve a diecisiete años de presidio si el hecho punible se cometiere:
1.- Por
medio de amenaza a la vida.
2.- Esgrimiendo
como medio de amenaza cualquier tipo de arma capaz de atemorizar a la víctima,
aun en el caso de que no siendo un arma, simule serla.
3.- Por
dos o más personas.
4.- Por
persona disfrazada, ilícitamente uniformada, usando indebidamente
identificación falsa o hábito religioso.
5.- Por
medio de ataque a la libertad individual, en cuyo caso se estimará siempre la
existencia de un concurso real de delitos.
6.- Valiéndose
de la actividad realizada por menores de edad.
7.- Aprovechando
situaciones de calamidad, infortunio o peligro común.
8.- Sobre
vehículos automotores que estén destinados al transporte público, colectivo o
de carga.
9.- Sobre
vehículo automotor que pertenezca a los cuerpos policiales de seguridad pública
o sobre vehículos destinados al transporte de valores.
10.- De
noche o en lugar despoblado o solitario.
11.- Mediante
penetración o permanencia arbitraria, engañosa o clandestina en lugar habitado
o en sus dependencias inmediatas, aunque allí no se encuentren sus moradores.
12.- Aprovechándose
de las condiciones de inferioridad física o indefensión de la víctima.
La
frase del día:
“Lo que es del cura va para la iglesia”
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