22 de octubre de 2017

22/10/2017 Deberes C.

La frase del día:
No hay genio sin un gramo de locuraAristóteles

N° de Expediente: 09-0252 N° de Sentencia: 821
Tema: Deberes constitucionales
Materia: Derecho Constitucional
Asunto: La Sala precisa que la no posibilidad de aplicar la caducidad de la acción establecida en el artículo 29 constitucional, solo es aplicable en los procesos penales, y no se refiere al artículo 6.4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, es decir, no es aplicable a los procedimientos de amparo
Jueves, 18 de junio de 2009

“… lo señalado en el artículo 29 constitucional no es aplicable a los procedimientos de amparo, para descartar la operatividad del lapso de caducidad de seis meses para la interposición de la tutela constitucional, toda vez –se insiste- que lo señalado en la disposición contenida en la Carta Magna se refiere al ejercicio de la acción penal estrictu sensu, como también lo prescribe el artículo 271 eiusdem al establecer que: ‘[n]o prescribirán las acciones judiciales dirigidas a sancionar los delitos contra los derechos humanos, o contra el patrimonio público o el tráfico de estupefacientes’”.

N° de Expediente: 00-1587 N° de Sentencia: 1234
Tema: Deberes constitucionales
Materia: Derecho Constitucional
Asunto: Deber de todo ciudadano de proteger a la Hacienda Pública Nacional
Viernes, 13 de julio de 2001

Diversas leyes crean en todas y cada una de las personas un deber de proteger a la Hacienda Pública Nacional. Ello se debe a que el Fisco Nacional es un ente inherente a todos los venezolanos, en el cual tienen interés. Se convierten así los venezolanos en coadyuvantes con el Fisco y en defensores de sus derechos, y si la infracción de los derechos constitucionales a favor del Fisco Nacional, se convierten a su vez en lesionantes de las situaciones personales, los particulares pueden invocar los derechos infringidos del Fisco, para fundar un amparo.

Existe una estrecha relación entre los particulares y el Fisco Nacional, siendo ellos coadyuvantes con el Fisco para defender sus derechos, y dentro de tan amplio espectro, en las materias fiscales, los derechos constitucionales del Fisco también pueden ser defendidos por los particulares, máxime si tal defensa es además para evitar que la situación jurídica del particular quede lesionada. Se trata de un ente (el fisco Nacional) que atañe a todos los venezolanos por mandato legal, y existe en ellos un deber de defenderlo, que podría considerarse general...

La frase del día:
No hay genio sin un gramo de locuraAristóteles

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