“No hay genio sin un gramo de locura” Aristóteles
N° de Expediente: 09-0252 N° de Sentencia: 821
Tema: Deberes constitucionales
Materia: Derecho Constitucional
Asunto: La Sala precisa que la no posibilidad de aplicar la caducidad de la
acción establecida en el artículo 29 constitucional, solo es aplicable en los
procesos penales, y no se refiere al artículo 6.4 de la Ley Orgánica de Amparo
sobre Derechos y Garantías Constitucionales, es decir, no es aplicable a los
procedimientos de amparo
Jueves, 18 de junio de 2009
“… lo señalado en el artículo 29 constitucional no es
aplicable a los procedimientos de amparo, para descartar la operatividad del
lapso de caducidad de seis meses para la interposición de la tutela
constitucional, toda vez –se insiste- que lo señalado en la disposición
contenida en la Carta Magna se refiere al ejercicio de la acción penal estrictu
sensu, como también lo prescribe el artículo 271 eiusdem al establecer que:
‘[n]o prescribirán las acciones judiciales dirigidas a sancionar los delitos
contra los derechos humanos, o contra el patrimonio público o el tráfico de
estupefacientes’”.
N° de Expediente: 00-1587 N° de Sentencia: 1234
Tema: Deberes constitucionales
Materia: Derecho Constitucional
Asunto: Deber de todo ciudadano de proteger a la Hacienda Pública Nacional
Viernes, 13 de julio de 2001
Diversas leyes crean en todas y cada una de las personas
un deber de proteger a la Hacienda Pública Nacional. Ello se debe a que el
Fisco Nacional es un ente inherente a todos los venezolanos, en el cual tienen interés.
Se convierten así los venezolanos en coadyuvantes con el Fisco y en defensores
de sus derechos, y si la infracción de los derechos constitucionales a favor
del Fisco Nacional, se convierten a su vez en lesionantes de las situaciones
personales, los particulares pueden invocar los derechos infringidos del Fisco,
para fundar un amparo.
Existe una estrecha relación entre los particulares y el Fisco Nacional, siendo ellos coadyuvantes con el Fisco para defender sus derechos, y dentro de tan amplio espectro, en las materias fiscales, los derechos constitucionales del Fisco también pueden ser defendidos por los particulares, máxime si tal defensa es además para evitar que la situación jurídica del particular quede lesionada. Se trata de un ente (el fisco Nacional) que atañe a todos los venezolanos por mandato legal, y existe en ellos un deber de defenderlo, que podría considerarse general...
La frase del día:
“No hay genio sin un gramo de locura” Aristóteles
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